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lunes, octubre 23, 2006

Ley de Sociedades de Convivencia

Ley de Sociedades de Convivencia


22 de Octubre
Diputado Jorge Carlos Díaz Cuervo
En México hemos transitado hacia una democracia electoral en donde se reconoce el pluralismo político y se acepta lo diverso; se reconoce la existencia de alternativas y de formas diversas de pensar.
A la pregunta de ¿qué es el pluralismo político?, Ma. Amparo Casar responde: "el reconocimiento de que se puede disentir y, sobre todo, que en una sociedad pueden existir opciones distintas sin que esto lleva a la disolución política o al caos".
Para afrontar este pluralismo, hemos construido instituciones y leyes. Hemos avanzado en modificar expresiones autoritarias por formas de tolerancia hacia partidos políticos con posiciones diferentes.
El reto hoy es reconocer, aceptar y garantizar el pluralismo social. Así como fuimos capaces de construir instituciones que fortalecieran nuestra democracia, ahora es tiempo de unir esfuerzos para el pleno reconocimiento y el pleno respeto a la diversidad social.
Discutir y en su caso aprobar la Ley de Sociedades de Convivencia representará una verdadera prueba de pluralismo democrático, representará el reconocimiento del derecho a la diferencia y que las personas pueden decidir legítimamente sobre sus relaciones personales.
Por ello, reconozco y celebro la presencia en esta conferencia de medios, de mis compañeros de la coalición socialdemócrata, diputados Ricardo García, Alejandro Ramírez y Enrique Pérez Correa, y destacadamente, del Presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Diputado Víctor Hugo Círigo.
La Ley de Sociedades de Convivencia no riñe con el matrimonio ni con el concubinato. Es una figura jurídica que pretende dar certeza a relaciones de hecho que no están reguladas por la ley. A diferencia del matrimonio o del concubinato, en la Sociedad de Convivencia el trato sexual no es un requisito, basta con la voluntad de permanencia, ayuda mutua y establecerse en un hogar común.
La Sociedad de Convivencia no hace frente, no desafía a las familias convencionales ni pretende socavar los valores morales de las personas, la Sociedad de Convivencia genera certeza, reconoce realidades que han pasado por la invisibilidad legal.
Es importante reconocer la realidad: estimaciones del Consejo Nacional de Población señalan que en el país existen 26.6 millones de hogares, de ellos 24.5 millones son familiares, es decir, al menos dos de sus integrantes tienen parentesco por consanguinidad. Los 2.1 millones de hogares restantes, es decir 1 de cada 10 hogares en México, están conformados por personas sin parentesco.
Lo dijo con mucha claridad José Luis Rodríguez Zapatero, presidente del gobierno Español, en el pleno del Congreso de los Diputados: "No estamos legislando para gentes remotas y extrañas. Estamos ampliando las oportunidades de felicidad para nuestros vecinos, para nuestros compañeros de trabajo, para nuestros amigos y para nuestros familiares, y a la vez estamos construyendo un país más decente, porque una sociedad decente es aquella que no humilla a sus miembros". Continuo citando a Rodríguez Zapatero: "esta ley no engendrará ningún mal, su única consecuencia será el ahorro de sufrimiento inútil de seres humanos. Y una sociedad que ahorra sufrimiento inútil a sus miembros es una sociedad mejor", concluyo la cita.
La Ley de Sociedades de Convivencia se halla en el terreno de la defensa de los derechos de las personas y de su patrimonio, no en el de su moral. ¿Por qué solo los heterosexuales somos ciudadanos de plenos derechos?
El espíritu de esta Ley garantiza los derechos de quienes asumen diferentes formas de convivencia en un hogar. Esta ley no quiere implantar una forma de vida, no quiere decir que tengamos que compartir lo que otros piensan, sino simplemente respetarlo. Respetar la orientación sexual de las personas implica defender al vida democrática de nuestra sociedad.
La Ley de Sociedades de Convivencia, en ningún momento ha pretendido incorporar el derecho de adopción. El Código Civil establece con precisión las condiciones bajo las cuales los habitantes del DF podemos acceder al derecho de adoptar.
¿Qué es entonces una Sociedad de Convivencia?
Es una nueva institución jurídica que reconoce: El deber del Estado de otorgar igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos. El deber del Estado de desalentar la discriminación. La diversidad de las formas de convivencia social. La existencia de relaciones afectivas no convencionales. Es la celebración de un convenio entre personas que han decidido vivir juntas en un hogar común, con voluntad de permanencia y ayuda mutua.

¿Cuáles son los requisitos que establece la Ley para la celebración de Sociedades de Convivencia?
Ser soltero o soltera No tener matrimonio civil ni Sociedad de Convivencia subsistente
No tener lazos de parentesco (hasta el cuarto grado)
Contar con capacidad jurídica plena
¿Cómo se celebra?
Por escrito y con dos testigos
¿Qué debe contener?
Los datos generales de los convivientes y de sus testigos Domicilio del hogar común Manifestación expresa de cada una de las partes de vivir juntas, en un hogar común, con voluntad de permanencia y ayuda mutua
La forma en que las partes regularán su convivencia, los derechos y deberes respectivos, y sus relaciones patrimoniales
¿Dónde se registra?
En la Dirección General Jurídica y de Gobierno de las Delegaciones en donde se ubique el hogar común.
¿Qué efectos genera?
Derechos sucesorios legítimos
Deberes recíprocos en materia de alimentación
Tutela legítima en caso de interdicción

Es importante también reconocernos y contrastarnos con respecto a otras sociedades:

La primera legislación para el registro de parejas del mismo sexo en el mundo se aprobó en Dinamarca en 1989. Siguieron Washington DC en 1992, Noruega en 1993, Groenlandia, Australia e Israel en 1994, Suecia en 1995, Islandia, Sudáfrica y Hungría en 1996, Hawai en 1997, Países Bajos y la Comunidad Autónoma de Cataluña en España en 1998. Al inicio del nuevo milenio, se sumaron Francia en el 2000, Alemania, Portugal, Suiza y el estado norteamericano de Vermont en el 2001. Finlandia y Nueva Zelanda en el 2002. Croacia y la ciudad de Buenos Aires en Argentina en el 2003. Brasil y los estados norteamericanos de Nueva Jersey y Maine, en 2004. En el 2005 legislaron Inglaterra y el estado de California en EU.
En el 2006, toca el turno a la Ciudad de México.


Para concluir, quiero enviar un mensaje y hacer una invitación:

El mensaje va dirigido a todos los habitantes de la Ciudad de México: El próximo jueves 26 de octubre será presentada al pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, una iniciativa para crear la "Ley de Sociedades de Convivencia", suscrita por una sólida mayoría de diputadas y diputados que, más allá de filiaciones partidistas, coincidimos con Marta Lamas, incansable luchadora social a favor de la equidad de género y del respeto a la diversidad:
"La pluralidad de la vida sexual actual se constituye no sólo por nuevas subjetividades y transformaciones culturales, sino además por políticas públicas y cambios legislativos fundamentados en los principios de igualdad y libertad".

La invitación va dirigida a los medios de comunicación, a las organizaciones civiles y a todas las personas que defienden y promueven los derechos humanos, la equidad, la tolerancia y el respeto a la diversidad, para que acompañen el proceso legislativo que inicia con la presentación de la iniciativa.

Hagamos de este proceso una celebración de nuestras diferencias, busquemos el camino para desterrar la homofobia, la discriminación y la intolerancia. Esta Ley es un paso más hacia la construcción de una sociedad mas justa.

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