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miércoles, julio 26, 2006

Los "Absurdos Nacionales" y nuestras realidades

Los "Absurdos" Nacionales:
El día de ayer se pronunciaba el Vocero Presidencial, por lo absurdo que era el poder siquiera especular, que la figura de un interinato, pudiera ser posible. Otra joya sin duda es que cite: " que no ve un conflicto después del proceso electoral", y bueno pues habría que preguntarse seriamente, sí la Resistencia Civil Pacífica será parte de la normalidad, sí las voces que solicitan voto por voto, casilla por casilla, pudieran ser una muestra clara de que todo está muy bien, y que todos están bien contentos con los resultados hasta hoy comentados ¡¡¡!!!. ¿Qué será para él la descripción de conflicto?.

Hoy en el diario Milenio, se vuelve a publicar la misma declaración, que insiste en remarcar lo que ya ayer se había expresado, y, cuando es tan reiterativo un punto, me deja pensando, y más cuando al inicio se le calificó de absurdo...¿Sí fuera tan absurdo el punto, para qué insistir en mencionarlo?. Colocaré parte de la nota y su link más abajo, porque quiero hilar una entrevista que me deja ver, que sí se podría dar la posibilidad de que en un real compromiso por aplicar el sentido de la palabra en la ley, pudiera llevar a la anulación abstracta, o por lo menos, el recontar los votos.

Resulta increíble que la realidad de México HOY, esté rodeado de situaciones que parecerían absurdas, pero que finalmente ese absurdo forma parte de nuestra vida nacional, tan real y dura como los siguientes hechos:

Por un lado:

¿Quién en su sano juicio hubiera podido considerar que un grupo de personas que se califican como"Maestros" de Oaxaca, podrían tener en jaque al ¿Gobernador?, bloquearan a diestra y siniestra la vida social de esa entidad, se dieran el lujo de cancelar un evento de fama internacional como la Guelaguetza, ocasionaran destrozos, perjudicaran el ingreso económico a su estado como consecuencia de sus protestas y "libre" manifestación, espantaran al turismo, destrozaran lo que se supone debería ser una obligación de estado: Seguridad y bienestar social, orden jurídico, estado de derecho...y todo eso, por un "sencillo" reclamo que no se enmarca en mejores ingresos, sino en el reiterado reclamo de que el ¿Gobernador? deje su puesto. Sí un grupo no muy grande, ha logrado someter a todo un estado, ha quebrantado la tranquilidad, ha perjudicado todo y un poquito más, pero sobre todo pretenden anular el valor que dio lugar a una elección, desde donde finalmente fue electo un gobernador.

¿Acaso suena coherente lo que pasa?, ¿no estaría más enmarcado dentro del absurdo jurídico y político?, pues bien, ESO existe, está muy vivo y presente, y lo peor, a más de un mes de estarse padeciendo la situación, los "Maestros" van por la libre, y no veo a ninguna autoridad haciendo algún tipo de esfuerzo, por colocar un ALTO a ese hecho.

Me dejan la sensación de que en Oaxaca, la mayoría de su población está sufriendo de un abandono, y sobre todo, de una gran ausencia de autoridad.

Otro caso que en verdad ya raya en la mejor foto de lo que somos, es la serie de asesinatos que se vienen cometiendo desde hace varios meses, como producto de las riñas del narcotráfico. Al menos eso se nos dice.

En las masacres que se perpetran día con día en diferentes estados, con diferentes víctimas porque los muertos pueden ser empresarios, agentes de la policía, soldados del ejército, ciudadanos comunes y agentes investigadores de la PGR. En todas esas lamentables escenas, no veo que la autoridad logre avances significativos, y mucho menos que se esté ganando algo en la lucha contra el narco. Parecía como otra foto del absurdo, donde varias autoridades han sido rebasadas, donde no se logra dar con quién ha originado esa violencia, en la cual, como en las guerras: muchos muertos y pocas explicaciones para lograr entenderlas.

Por sí faltaran más ingredientes para conformar un perfecto mundo de lo absurdo, asaltan una empresa de la industria farmacéutica, y después del atraco conocemos que lleva más de un mes secuestrado el Director, que hasta ahorita se dan cuenta las autoridades que esa empresa no estaba registrada y no contaba con permisos, pero eso sí, manejaba toneladas de un compuesto químico de gran valor, para elaborar anfetaminas.

Y bueno pues no puedo dejar de recordar la declaración que se hiciera el lunes pasado, donde se decía fuerte y claro:

LA LEY NO SE NEGOCIA, SE APLICA...

Y bueno, pues encantada de que así fuera en realidad, pero después del pequeño panorama que todos conocemos día con día en los medios, sin duda la pregunta es:

¿Y qué pasa o qué FALTA, para que sea una realidad la aplicación diaria?

Bien el último absurdo a colocar, es el que a través del PRI se está haciendo, donde ya han designado a sus coordinadores parlamentarios para ambas camaras, pero falta lo principal: Que el tribunal ratifique la lista de candidatos plurinominales que han gando un espacio, porque tanto Beltrones como Gamboa no llegaron por voto directo...

¡¡¡Qué viva la legalidad y el respeto a la autoridad!!!

"Absurdo, pensar en un mandatario interino"

En tono mesurado, evaluó que la Presidencia “no ve dónde hay un conflicto” después del proceso electoral del 2 de julio.

La Presidencia de la República rechazó que exista en México un conflicto poselectoral, al considerar que las movilizaciones en favor del candidato de la coalición Por el Bien de Todos, Andrés Manuel López Obrador, y las impugnaciones a la elección corresponden al derecho que tiene la ciudadanía de manifestarse e inconformarse en el marco de la ley.

El portavoz de la Presidencia, Rubén Aguilar Valenzuela, hizo esta evaluación y además calificó de “absolutamente absurda” la idea de que en México pueda haber un presidente interino.

“Esa idea que anda flotando por ahí es absolutamente absurda en términos políticos y en términos jurídicos; no está dada ninguna condición para poder pensar en eso, quien lo piensa no conoce la realidad de este país”, dijo Aguilar en conferencia de prensa en Los Pinos.

http://www.mileniodiario.com.mx/mexico/milenio/imprime.asp?id=416338

BIen pues en una entrevista que se publica hoy en el Nuevoexcélsior, un ex Magistrado comenta lo siguiente:

La causal de nulidad abstracta no es aplicable en las elecciones presidenciales, porque a nivel federal opera de manera estricta el principio de definitividad establecido en el artículo 41 constitucional, asegura el ex magistrado presidente del otrora Tribunal Federal Electoral (Trife), José Fernando Franco González Salas

Así, la coalición Por el Bien de Todos no puede argumentar como agravio impugnaciones que ya fueron resueltas, como los videos donde el PAN difundió que Andrés Manuel López Obrador era un peligro para el país o la presunta intromisión del gobierno federal en las elecciones, pues el Tribunal las resolvió en su momento, explica

El último día de 2000, el TEPJF sorprendió con su decisión de ordenar la repetición de las elecciones de gobernador en Tabasco, con base en el principio de nulidad abstracta, que valora todo el proceso. ¿Esto es aplicable en las elecciones presidenciales?
Eso lo tiene que definir la sala superior, pero yo digo que no.

"La causal de nulidad abstracta nace de un juicio de revisión constitucional, donde lo que se está impugnando ante el Tribunal Electoral son los actos definitivos e inatacables de la autoridad electoral local, consecuentemente el Tribunal conoció esa impugnación y eventualmente tuvo que considerar lo que había sucedido en el proceso.

"En el caso de la elección presidencial es el Tribunal el que tiene a su cargo resolver impugnaciones, hacer el cómputo final, calificar y declarar al Presidente Electo.

"Es un acto que le corresponde de manera exclusiva, en última instancia; es decir, de manera definitiva e inatacable; consecuentemente, en materia federal debe operar de manera estricta el principio de definitividad establecido en el artículo 41 constitucional de las distintas etapas del proceso electoral.

http://www.nuevoexcelsior.com.mx/Excelsior/macros/GenericNewsWithPhoto.jsp?contentid=9109&version=1

Pero, ¿qué cita ese párrafo cuarto del artículo 41 Constitucional?IV. Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votado y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución.

En materia electoral la interposición de los medios de impugnación constitucionales o legales no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o el acto impugnado

Del Artículo 99 Constitucional se cita lo siguiente:

La Sala Superior se integrará por siete Magistrados Electorales. El Presidente del Tribunal será elegido por la Sala Superior, de entre sus miembros, para ejercer el cargo por cuatro años.

Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:

I. Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores;

II. Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que serán resueltas en única instancia por la Sala Superior.

La Sala Superior realizara el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas, en su caso, las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos;

III. Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal, distintas a las señaladas en las dos fracciones anteriores, que violen normas constitucionales o legales;

IV. Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas para organizar o calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones. Esta vía procederá solamente cuando la reparación solicitada sea material y jurídicamente posible dentro de los plazos electorales y sea factible antes de la fecha constitucional o legalmente fijada para la instalación de los órganos o la toma de posesión de los funcionarios elegidos;

V. Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos políticos electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacifica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen esta Constitución y las leyes;

VI. Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal y sus servidores;

VII. Los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Federal Electoral y sus servidores;

VIII. La determinación e imposición de sanciones en materia, y

IX. Las demás que señale la ley.

Pues bien, después de allegarme de los argumentos y lo que dicta la propia Constitución, no me luce descabellada que la opción de nulidad abstracta se pudiera dar, porque ante fallos definitivos, ante la última instancia legal, ante situaciones IRREPARABLES, bien podrían los Magistrados del máximo tribunal electoral, contemplar el TODO que cubrió a la elección, y sopesar el argumento de los comerciales que finalmente fueron sacados del aire, porque el mismo tribunal calificó de FUNDADOS, los alegatos presentados por la Coalición, y en estricto sentido, el daño fue causado durante el tiempo de exposición de los mismos.

Así pues, sí se toma el todo y en ese todo se diera el valor real a los agravios que han derivado ya en consecuencias irreparables, sí el tribunal como responsabilidad ineludible finalmente tiene que realizar el cómputo final de la elección de Presidente, y en ese cómputo final las actas irregulares cuentan, pues llegamos a la posibilidad de que el principio de definitividad que tanto quieren hacer valer como sea, no es tan principio ni tan definitivo, ya que las denuncias previas y las consecuencias que han dado ventaja a uno de los actores, no se pueden soslayar, en aras de un auténtico compromiso con la democracia, la transparencia y sobre todo la legalidad de todos los elementos que enmarcaron el proceso.

Por ello, hay tantas voces que parecieran estar urgidas de colocar una vez más la percepción, de que no puede suceder, que ya es irreversible el procedimiento del recuento de cada voto.

Sé que el principio de definitividad bàsicamente consiste en agotar todos los recursos ordinarios que existan en la ley de donde emana el acto , así que tampoco veo que la aplicación del término definitivo pueda operar en éste caso, ya que es la primera ocasión que la Colación Por el bien de Todos, será escuchado por el máximo tribunal que existe para analizar el todo legal, de la elección.

Me apena mucho que se cite el respeto, la invitación a la concordia y la paciente espera de los tiempos para conocer el resultado oficial que determinará al ganador..., pero observo que del lado azul se siguen conduciendo como sí ya el tribunal hubiera confirmado su triunfo, se celebran reuniones, se comportan muy distintos a su discurso, lo que sin duda, en nada ayuda a generar un espacio de distensión tan necesario para los siguientes tiempos que aún están por llegar..



La interpretación que se dé al mandato Constitucional será la clave inatacable, en pocas palabras el punto final, y por ello las movilizaciones que algunos citan como presiones enfiladas a que los 7 responsables las vean, pero sobre todo las lean. Esa lectura deberá ser del todo cuidadosa y responsable, pero sobre todo ética y moral, por un solo ganador: México.

Me ha llamado la atención que dentro de esos 7 Magistrados, José Alejandro Lunas Ramos, lleve los mismos apellidos que la Ministra de la Suprema Corte: Margarita Luna Ramos, quien llegó al máximo tribunal constitucional, en éste mandato. ¿Serán hermanos?. Sin duda será interesante conocer más, y bueno encontré que ambos son originarios de San Cristóbal de las Casas, Chiapas.

El Magistrado José Alejandro Lunas Ramos, tomó protesta el veintiuno de abril de 2005 fue designado por el Senado de la República, a propuesta del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para ocupar el cargo de Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

¡Qué simpático!, eso de la designación de cargos, donde uno podría pensar que es consecuencia de algún tipo de nepotismo, pero bueno pensemos que otra RAZÓN de mucho peso, fue lo que lo colocó en ese puesto, y sobre todo esperemos que su compromiso e interpretación del orden legal, sea lo más aproximado a: Conforme a Derecho, porque ya sabemos que en ocasiones los intereses entrelazados, los cotos de poder y el mismo poder, han dejado mucho que desear en éste campo. Cualquier duda, preguntar a Gutiérrez Vivó, y la injusticia, ahora enmarcada de "legal", en el caso MONITOR y el Grupo Radio Centro.



Espero que a lo largo de la lectura del presente comentario, pudieran notar lo complicado que es el asunto de seguir lo que dice un artículo constitucional, porque eso de que el 41 en su IV parte, se logre entrelazar con lo dispuesto en el 99 constitucional, y también el 99 tiene citada una restricción que cita: Con la excepción de lo enmarcado en la fracción II del 105 Constitucional...

¿No sería más llevadera la vida jurídica, sí cada artículo precisara puntualmente el todo y no por capítulos, que parecerían más el continuará..., y en ese continuará se complica más?. Como bien dice un clásico por mí muy estimado:



El que hace la ley..., hace la trampa..

Laura Tena

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