Ayer, Mexicana de Aviación, les propuso SÓLO a Pilotos y Sobrecargos, la catafixia del 49% de las acciones, a costa de sus salarios/prestaciones.
Que no se confundan los compañeros, lo que Mexicana les ofrece, es SER PARTE DEL 49% DE SU ENORMES DEUDAS.
Ahora inciemos por recordar quiénes son los "distinguidos" dueños de Grupo Mexicana y una pregunta central
¿Por qué el pasado Director de Finanzas, imputado y removido, por un presunto FRAUDE, no se tiene documentado,en ningún medio, que esté siendo procesado por el quebranto y monto saqueado?
Bien ahora la foto de las familias que tienen la aviación comercial de México:
Pero veamos ¿qué tan imparcial? pudiera ser este co gobierno, para velar por el INTERÉS NACIONAL, que el tema de la aviación comercial, en México, se debiera de dar, cuando durante el proceso de elección en el 2006 tenemos lo siguiente:
Cómo estaban las finanzas de Mexicana en el año 2006
¿Y, porque Aeroméxico no se encuentra en una situación, igual, a la que dicen, tiene Mexicana?
Y más a fondo
¿Con base en qué, el Estado, pudiera considerar viable, que el grupo de "distinguidos dueños" de Grupo Mexicana, pudieran conservar la concesión, de Clik y Link, cuando en los hechos, parece no han tenido la estatura, de velar por el bien de Mexicana de Aviación?
¿Quién y por qué se aceptó, que Clik Mexicana, se pudiera considerar, punto y aparte, del paquete que se vendió de los activos que conformaron CINTRA?
¿Qué tanto se pudiera investigar en casos y datos como lo que nos deja ver lo siguiente?
Con el reporte trimestral núm. 280700 de Cintra del 12 de abril de 2005, se comprobó que en la sesión del 7 de febrero de 2005 el Consejo de Administración de la controladora acordó contratar un despacho de abogados con amplia experiencia y reconocido prestigio en derecho corporativo,adquisiciones, servicios financieros, derecho bursátil, competencia económica, regulación y otras áreas afines relacionadas con el derecho administrativo y privado en México, a efecto de continuar con el proceso de venta de sus empresas subsidiarias, en cumplimiento del artículo trigésimo séptimo de los estatutos sociales de Cintra del 31 de marzo de 2003.Mediante el oficio núm. IPAB/SARA/DGBC/008/2007 del 18 de enero de 2007, el IPAB proporcionó la nota denominada "Proceso de selección del tercero especializado que fungió como asesor jurídico en el proceso de enajenación de las subsidiarias de Cintra, S.A. de C.V."; información de carácter confidencial y sujeta a las restricciones de secreto y uso prevista en el artículo 34, párrafos primero y segundo, de la Ley de Mercado de Valores. Con el análisis de la citada nota se obtuvo lo siguiente:En la sesión del Consejo de Administración del 5 de abril de 2005, Cintra presentó a ese órgano de gobierno una descripción del proceso de selección para la contratación de un asesor jurídico, el cual se realizó durante marzo de ese año, mediante un procedimiento de invitación restringida.5 Cintra cambió de denominación social en abril de 2006, tras la enajenación de Grupo Mexicana.Después de que Cintra analizó a los despachos que podrían ser invitados, resolvió que los que participarían serían Creel, García-Cuéllar y Müggenburg, S.C; Galicia y Robles, S.C., y Mijares,Angoitia, Cortés y Fuentes, S.C.
El 9 de marzo de 2005 Cintra envió las cartas de invitación a los tres despachos invitados, y antes de la entrega de la carta de manifestación de interés, el convenio de confidencialidad y los poderes, la empresa envió a cada participante las bases y el paquete de información básica (formato de contrato; descripción de los servicios; formato de carta compromiso y formato de oferta técnica).En términos generales, los servicios que debía prestar el despacho ganador serían: a) instrumentación jurídica de las actividades para la enajenación de las subsidiarias de Cintra; b) asesoría para la determinación de la estrategia de venta de las subsidiarias; c) preparación de documentos legales y de aquellos que fueran necesarios para la obtención de las autorizaciones correspondientes en la venta de las subsidiarias, entre otros.El 29 de marzo del 2005 los tres participantes entregaron sus ofertas técnicas y económicas, las cuales fueron evaluadas por Cintra con el apoyo de sus abogados corporativos, en términos de las bases.El 31 de marzo de 2005 se abrieron las ofertas económicas de los tres participantes, y después de una evaluación de ambas propuestas, Cintra concluyó que las tres ofertas técnicas cumplían con las condiciones requeridas en el proceso; por lo que el 5 de abril de 2005 Cintra recomendó al Consejo de Administración la contratación del despacho Creel, García-Cuéllar y Müggenburg, S.C., en función de que el despacho presentó las propuestas más equilibradas y el plan de trabajo y composición de equipos más concreto; ofreció una mayor asignación de recursos humanos al proceso de enajenación de las subsidiarias, y resultó ser la de menor costo.Al respecto, en cumplimiento del artículo trigésimo séptimo de los estatutos sociales de Cintra del 31 de marzo de 2003, el Consejo de Administración de Cintra, en su sesión del 5 de abril de 2005, acordó contratar al despacho Creel, García-Cuéllar y Müggenburg, S.C., como el despacho de abogados que asesoraría a Cintra en el proceso de venta de sus subsidiarias, según consta en el reporte trimestral núm. 280700 de Cintra del 12 de abril de 2005.
Con el "Informe resumen del proceso de licitación pública de compraventa de las acciones representativas del capital social de Grupo Mexicana de Aviación, S.A. de C.V. (Grupo Mexicana), y Grupo Aeroméxico, S.A. de C.V. (Aeroméxico), propiedad de Cintra, S.A. de C.V. (Cintra)", se comprobó que Creel, García-Cuellar y Müggenburg, S.C., y Credit Suisse consolidaron los resultados de la revisión de la documentación legal, financiera y técnica que contenían los paquetes de expresión de interés de cada interesado, en términos del formulario.
Me parece que aquí la última llamada, debiera ser para el grupo que llegó a comprar, Mexicana y que hoy, parece tienen malas cuentas, dentro de lo que ha sido su administración.
Pilotos y persona de tierra, les entregaron multimillonarios ahorros, bajo la estéril promesa, de estabilidad, creciniento y seguridad.
Los hechos iniciaron a mostrar, datos que por lo menos resultaban preocupantes, porque a costa del sacrificio económico, de miles de familias, Mexicana hacía y tenia deferencias, para el hijo del ex secre de turismo, tal cual lo públicó la siguiente columna
Mexicana de Aviación lleva tiempo, presumiendo, la cantidad y liderazgo en el transporte de pasajeros, hecho que hasta el cansacio ha publicado en medios impresos:
¿Cómo se puede presumir de liderazgo y cifra millonaria de pasajeros transportados y ahora salen conque no les alcanza?
Porque no pueden decir o argumentar, costos, cuando los pasajes son los que más incrementos han tenido en su precio y Mexicana de Aviación, es una aerolínea que vende los boletos más caros.
El INCUMPLIMIENTO de compromisos, se presentó de manera temprana y vamos a observar algunos datos, de eventos subsecuentes a lo que fue la venta de Mexicana:
El 24 de enero de 2006 la Asamblea General de Accionistas aprobó el cambio de denominación de
Cintra, S.A. de C.V., por el de Consorcio Aeroméxico, S.A. de C.V., toda vez que después de la venta
de Grupo Mexicana, Cintra quedó integrada solamente por Grupo Aeroméxico y sus subsidiarias.
Asimismo, en la sesión extraordinaria del 28 de abril de 2006 la Asamblea General de Accionistas
aprobó la modificación de los estatutos sociales de Consorcio Aeroméxico, S.A. de C.V., para
ajustarlos a las disposiciones de la nueva Ley del Mercado de Valores, con una variación en su
denominación a la de Consorcio Aeroméxico, S.A.B. de C.V. (sociedad anónima bursátil de capital
variable).
Mediante el correo electrónico del 17 de enero de 2007, el IPAB remitió a la ASF la nota informativa
denominada "Trabajos de fiscalización de la venta de acciones de Grupo Mexicana de Aviación, S.A.
de C.V. (Grupo Mexicana), propiedad de Cintra, S.A. de C.V.", con la que manifestó que: "...conforme
al contrato de compraventa, el 15% del producto de la venta (24.833.3 miles de dólares
estadounidenses), se depositaron en un fideicomiso irrevocable de ajuste para hacer frente a
reclamaciones o contingencias según lo preveía el contrato. Una vez concluido este proceso, se
distribuiría el saldo restante entre los accionistas. Las partes del contrato de fideicomiso irrevocable
son Consorcio Aeroméxico, S.A.B. de C.V., (antes Cintra) como fideicomitente; Grupo Posadas como fideicomisario y J.P. Morgan, el fiduciario.
"El contrato de fideicomiso irrevocable estaría vigente hasta el 20 de diciembre de 2006 o hasta que se distribuyeran los recursos fideicomitidos. Asimismo, el patrimonio fideicomitido sería destinado a cubrir
las reclamaciones de ajuste al precio contenidas en el contrato.
"El 85% de los recursos entregados a Consorcio Aeroméxico (140,722.2 miles de dólares
estadounidenses) se depositaron en la Tesorería de la controladora hasta en tanto no concluyera el
proceso de ajuste al precio.
"II.- Proceso de ajuste al precio.
"II.1.- Contrato de compra-venta de las acciones del capital social de Grupo Mexicana.
"De conformidad con la cláusula quinta del contrato, el ajuste al precio implicaba un procedimiento
específico de objeción y mediación, así como la entrega puntual de la documentación ahí establecida
por parte de Grupo Posadas a Consorcio Aeroméxico, conforme a lo siguiente:
"Entrega de balance Pro-Forma: Consorcio Aeroméxico entregó a Grupo Posadas un balance Pro-
Forma al 31 de diciembre de 2005.
"Entrega de información financiera: el Grupo Posadas contaba con un máximo de 90 días naturales
posteriores a la fecha de cierre (20 de diciembre de 2005) para entregar a Consorcio Aeroméxico lo
siguiente:
"i) un balance general consolidado auditado de Grupo Mexicana.
"ii) una cédula del balance general auditado que reflejara el monto del capital de trabajo neto al
cierre de diciembre de 2005 para que se acreditara el faltante o excedente sobre dicho capital,
en comparación con el balance Pro-Forma.
"iii) una cédula del balance general auditado que reflejara el monto del pasivo insoluto y se
constatara el faltante o excedente sobre dicho pasivo, en comparación con el balance Pro-
Forma.
"Adicionalmente, la citada cláusula quinta del contrato estipulaba un procedimiento de objeción y
mediación para el caso de que Consorcio Aeroméxico y Grupo Posadas no llegaran a un acuerdo en el faltante o excedente de la cédula de capital de trabajo y de la cédula de pasivo insoluto, en
comparación con el balance Pro-Forma.
"El procedimiento de objeción y mediación se estableció como sigue:
"1. Consorcio Aeroméxico tenía un máximo de 90 días naturales, contados a partir de la entrega
por parte de Grupo Posadas del balance general, de la cédula de capital de trabajo y de la
cédula de pasivo insoluto, para revisar y, en su caso, objetar y notificar a Grupo Posadas
cualquier partida contenida en dichos documentos.
"2. El Grupo Posadas tenía un máximo de 10 días naturales a partir de la entrega de la
notificación de objeción por parte de Consorcio Aeroméxico, en su caso, prorrogables hasta
en dos ocasiones más por periodos idénticos, comprometiéndose ambas partes a cooperar de
buena fe para resolver cualquier objeción.
"3. En caso de que el Consorcio Aeroméxico y el Grupo Posadas no pudieran resolver cualquier
objeción o controversia con respecto al balance general, la cédula de capital de trabajo y la
cédula de pasivo insoluto dentro del periodo de mediación, a que hace referencia el numeral 2
anterior, las objeciones en disputa o controversias serían presentadas por cualquiera de las
partes a KPMG Cárdenas Dosal, S.C., a efecto de que dicho despacho resolviera todos los
asuntos. Este despacho contaba con 30 días naturales para elaborar la cédula de capital de
trabajo y la cédula de pasivo insoluto definitivas.
"4. Por último, para la determinación del ajuste al precio de conformidad con las cédulas de
capital de trabajo y de pasivo insoluto, en caso de que existiera un excedente en la cédula de
capital de trabajo, el Grupo Posadas pagaría a Consorcio Aeroméxico la cantidad resultante y
viceversa, en el caso de un excedente; y en caso de que existiera un faltante sobre la cédula
de pasivo insoluto, Grupo Posadas pagaría a Consorcio Aeroméxico la cantidad resultante y
viceversa, en el caso de un excedente.
"No se estipuló ajuste al precio para el caso de variaciones menores del 5% (faltante o excedente)
entre las cédulas de capital de trabajo y de pasivo insoluto, en comparación con el balance Pro-Forma.
"II.2.- Mediación entre Consorcio Aeroméxico y Grupo Posadas
"El 20 de marzo de 2006, el Grupo Posadas presentó a Consorcio Aeroméxico una reclamación de
ajuste al precio a su favor, a partir de esa fecha Consorcio Aeroméxico inició un proceso minucioso de análisis de la información en los términos del contrato.
"El 16 de junio de 2006, el Consorcio Aeroméxico notificó por escrito a Grupo Posadas sus objeciones a la reclamación del 20 de marzo, situación que fue hecha del conocimiento del público inversionista a través de un 'Evento Relevante' en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).
"Posteriormente, el 21 de agosto de 2006 el Consorcio Aeroméxico informó, a través de la BMV, el
inicio de un procedimiento judicial en contra del Grupo Posadas y Grupo Mexicana por incumplimiento del contrato.
"El incumplimiento se debió a la falta de entrega por parte de Grupo Posadas, de la documentación e información necesaria que permitiera a Consorcio Aeroméxico contar con los elementos suficientes para dar respuesta y, en su caso, objetar de manera definitiva el ajuste al precio de compra, de conformidad con lo acordado en el propio contrato.
"En ese sentido, el 23 de agosto de 2006 el Consorcio Aeroméxico demandó formalmente a Grupo
Posadas por el incumplimiento del contrato; demanda que fue contestada por el Grupo Posadas, en el sentido de que no incurrió en incumplimiento alguno a sus obligaciones del contrato y reiterando su
solicitud de ajuste al precio previamente formulada.
"El 30 de noviembre de 2006 el Consorcio Aeroméxico informó, a través de la BMV, que llegó a un
acuerdo con el Grupo Posadas (Convenio Judicial de Transacción), en relación con el ajuste al precio por la venta de Grupo Mexicana. El acuerdo fue por la cantidad de 121,007.0 miles de pesos.
"Como resultado de la operación anterior, se liberó el Contrato de Fideicomiso Irrevocable para
Ajustes, siendo los fondos restantes transferidos a Consorcio Aeroméxico."
121.007, es el precio que pagó el grupo que compró Mexicana de Aviación .Bien ahora le dejo, cómo se vendió y en qué precio, la Torre de Mexicana de Aviación:
No estaría por demás, que se pudiera usted asomar a la siguiente columna, porque el responsable de vender los activos de Cintra, está muy contento sentado, en la otra empresa áerea. Le dejaré nada más una probadita de lo que ahí se centra y en otra ocasión le dejaré el ridículo monto que se pago por cada acción, así como, ¿a qué se comprometía el grupo que se adjuidicó Mexicana de Aviación?, sí esas bases que decían "no existe", pero una buena mano, me ha hecho llegar, toda la documentación:
Lunes 05 de diciembre de 2005
Venta de Aeroméxico: crónica de un remate anunciado
Eleva Conesa artificialmente los pasivos de Aeroméxico
Inicia privatización de sistemas de banca de desarrollo
El presidente de Cintra, Andrés Conesa, está convencido de que la venta de Mexicana de Aviación fue un verdadero éxito, pero la historia reciente de su venta y los pasivos acumulados en el IPAB, sin embargo, lo desmienten.
Ahora, el particular esquema para establecer el precio de Mexicana de Aviación provocó el enojo de la comunidad bursátil, pues durante los últimos meses inversionistas de la Bolsa Mexicana de Valores se dedicaron a adquirir acciones de Cintra -la controladora de Aeroméxico- en espera de que la venta sí fuera un éxito y sus títulos subieran de precio. La sorpresa, sin embargo, fue que Conesa decidió vender en menos de 4 pesos las acciones de Mexicana de Aviación, cuando hace tres meses las acciones de Cintra llegaron a niveles de 8 pesos.
Al parecer, los analistas de casas de bolsa como Vector, Monex, Santander y Banorte, entre otras intermediarias bursátiles, no tomaron en cuenta para las valuaciones sobre Mexicana de Aviación el cargo como pasivo de casi mil millones de dólares por arrendamiento de aviones. Para ellos, Conesa y su agente vendedor, la correduría europea Credit Suisse, cometieron una grave e intencionada equivocación al convertir un costo de operación en pasivo.
http://oficiodepapel.com.mx/contenido/?p=167
Lanza Mexicana 'última llamada'
El plazo para que los pilotos tomen una decisión vence el domingo
Por Lilián Cruz
Ciudad de México (31 julio 2010).- Mexicana de Aviación les hizo a sus pilotos una última llamada.
Desde ayer y hasta mañana, los aviadores de Mexicana de Aviación estarán en asamblea para decidir el futuro de la empresa, la cual les ofreció dos alternativas: la reducción de 294 plazas y de remuneraciones o que compren la aerolínea.
Fuentes del sector refirieron que existe el ofrecimiento a los pilotos de venderles la compañía por un peso, y el plazo para tomar la decisión es el domingo, pues es la fecha límite que dieron los arrendadores de aviones a Mexicana para evitar la retención de sus aeronaves.
Mexicana posee 62 aviones, de los cuales sólo nueve son propios y el resto pertenece a más de una decena de arrendadores.
En caso de que acepten comprar la aerolínea para administrarla ellos mismos, se les dará la opción de que se queden con el crédito de Nafin, que originalmente fue por 970 millones de pesos y del cual la empresa ya pagó tres mensualidades, aunque no se sabe por qué monto.
Si deciden quedarse con esa deuda, los pilotos conservarían los nueve aviones ofrecidos como garantía de su crédito, de lo contrario, no tendrían aparatos propios para operar la empresa.
De acuerdo con comparativos internacionales, el sueldo promedio de los 800 pilotos de Mexicana (incluyendo prestaciones) rebasa los 220 mil dólares anuales, mientras que en las aerolíneas estadounidenses promedian 150 mil dólares.
Para determinar qué camino eligen y dar una respuesta a la empresa, los pilotos se reunirán en asamblea permanente el fin de semana, de lo contrario, 22 mil pasajeros se verían afectados por la cancelación de más de 200 vuelos al día que realiza en promedio la compañía.
La propuesta presentada a los pilotos se debe a que son éstos, según fuentes, los que provocan mayores costos para la empresa.
Para tener salarios que hagan viable a la aerolínea se necesitaría reducir 41 por ciento los ingresos actuales de los pilotos mexicanos, y aun así se ubicarían 30 por ciento arriba de lo que ganan pilotos de Interjet y Volaris.
También la empresa le solicitó a los pilotos recortar 38 por ciento de las plazas.
Si los sindicatos aceptan la reducción de salarios, contrato y plazas, la aerolínea seguiría operando con la administración actual, pero como una empresa más pequeña en aviones y rutas.
Fernando Perfecto, líder de los pilotos sindicalizados de Mexicana, dijo que la empresa quiere reducir 70 por ciento de su Contrato Colectivo de Trabajo, al igual que con las sobrecargos, petición que no piensan aceptar.
Lizette Clavel, líder de las sobrecargos, refirió que a este gremio la aerolínea solicitó la cancelación de 500 plazas, 30 por ciento menos de las actuales.
Humberto Treviño, subsecretario de Transportes de la SCT, descartó que haya una quiebra en Mexicana debido a que los estados financieros que han visto de la empresa no reflejan una situación delicada y porque los dueños se ven interesados en que siga operando.
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http://www.reforma.com/negocios/articulo/1134675/
Que se escuche bien y que se escuche FUERTE
Y, sin embargo, se mueve...
Laura Tena
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